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España regula por real decreto las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva en los servicios públicos y privados

El Gobierno ha aprobado el desarrollo reglamentario de la Ley 6/2022, un paso decisivo que fija las condiciones básicas para que la accesibilidad cognitiva sea efectiva en todo el territorio nacional como parte de la accesibilidad universal. La nueva normativa establece unos criterios mínimos de obligatoria aplicación para que las personas con dificultades de comprensión o comunicación puedan informarse, relacionarse con su entorno y ejercer sus derechos en igualdad de condiciones.
Ámbito de aplicación y colectivos beneficiarios
Las nuevas exigencias afectan a las Administraciones Públicas, a las empresas y entidades que presten servicios al público —como banca, transporte, sanidad, comercio, cultura o telecomunicaciones— y a las organizaciones políticas y electorales.
El reglamento contempla una definición amplia de los beneficiarios. Aunque sitúa en el centro a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, se extiende a todas aquellas personas que presentan dificultades de comprensión por motivos de edad, desconocimiento del idioma, analfabetismo o condiciones de salud.
Principales obligaciones por sectores
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Comunicación y documentos: toda la información pública relevante (contratos, resoluciones judiciales, ofertas de empleo, programas electorales, trámites y documentos sanitarios) deberá ofrecerse en lectura fácil o lenguaje claro, garantizando que cualquier comunicación oficial se realice en un lenguaje sencillo.
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Entornos físicos y transporte: se exige una señalización intuitiva basada en pictogramas, apoyos visuales y sistemas de orientación en edificios públicos, centros sanitarios, establecimientos abiertos al público y redes de transporte. En el sector del transporte se fija un periodo máximo de adaptación de 15 años.
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Entorno digital: las plataformas web, aplicaciones móviles y trámites electrónicos de la administración y de los prestadores de servicios deberán ser comprensibles y permitir una navegación autónoma.
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Administración de Justicia: se consolida la figura del facilitador procesal para apoyar a la persona a entender y ser entendida durante un proceso judicial, garantizando además el derecho al acompañamiento.
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Ámbito laboral: las empresas deberán adaptar las ofertas de trabajo, los procesos de selección, los fichajes y las formaciones, con especial atención a la prevención de riesgos laborales.
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Sanidad y participación política: se garantiza el derecho a recibir información adaptada sobre tratamientos o medicación, la posibilidad de acudir acompañado a las consultas y la publicación de programas electorales en lectura fácil o lenguaje sencillo.
Atención al entorno rural y simplificación administrativa
El texto presta una atención reforzada al entorno rural y a las mujeres y niñas por su situación de especial vulnerabilidad, garantizando que la implantación de estas medidas cuente con dotación presupuestaria.
Asimismo, la norma simplifica la acreditación del grado de discapacidad. Las personas pensionistas de la Seguridad Social con incapacidad permanente (en grado total, absoluta o gran incapacidad) y las de clases pasivas podrán acreditar la equiparación al 33 % de discapacidad directamente con la resolución de su pensión, sin necesidad de tramitar certificaciones adicionales.
Entrada en vigor y catálogo unificado de pictogramas
La normativa entrará en vigor el 2 de enero de 2027. Como medidas complementarias, el Centro Español de Accesibilidad Cognitiva (CEACOG) elaborará en un plazo de tres años un catálogo público y gratuito de pictogramas de referencia para la señalización en todo el país. Por su parte, el Ministerio competente dispondrá de dos años para evaluar la accesibilidad cognitiva en las infraestructuras aeroportuarias y ferroviarias.


